En las Normas Legales del Diario oficial “El Peruano”, se está publicando la ley que autoriza el nombramiento de los médicos cirujanos contratados por el Ministerio de salud, a nivel de los gobiernos regionales.
A través de la ley Nº 29682, se considera que para acceder a este nombramiento tienen que estar prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo.
Es requisito que el personal nombrado permanezca por un período no menor de cinco años en el mismo establecimiento y la plaza asignada.