Policía podrá intervenir en los domicilios y denunciar a quienes realicen reuniones sociales o familiares

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Huaral Pe

Los ministerios del Interior y Defensa recordaron la prohibición de las reuniones de carácter social y familiar (con personas que no vivan en el mismo domicilio) para evitar la concentración de personas e impedir la propagación de la COVID-19.

A través de un comunicado conjunto, precisaron que la Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y que se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente.

Asimismo, se informó que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional controlarán el distanciamiento social y aforo en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

El Gobierno publicó el Decreto Supremo en el que -entre otras medidas- se restablece la inmovilización social obligatoria durante todo el día a nivel nacional para los domingos a partir de este 16 de agosto debido al incremento de casos de COVID-19.

Esos días solo podrán transitar personas que se dedican a:

  • – Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
  • – Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • – Servicios de telecomunicaciones.
  • – Servicios funerarios.
  • – Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
  • – Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
  • – Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
  • – Personal y vehículos de medios de comunicación.
  • – Vehículos oficiales de transporte de salud.
  • – Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.
  • – Personal de empresas de seguridad.
  • – Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).

En cuanto a las empresas, estas deben otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa. Además, deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos.

La Policía Nacional del Perú retendrá la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir e impondrá una multa de S/ 6,450 a las personas que transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social obligatoria (22:00 horas a 04:00 horas) y los domingos (desde las 22:00 horas del sábado hasta las 04:00 horas del lunes).

Asimismo, la Policía Nacional del Perú impondrá a toda persona que no acate estas medidas las multas establecidas por incumplir las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno.

Huaral Pe