08:04 | Lima, jun. 4.
El Poder Ejecutivo emitió un decreto supremo mediante el cual prorroga el estado de emergencia declarado en Puno por un plazo de 60 días calendario, a partir de este martes 6 de junio.
Su aplicación se da en el marco del artículo 137 de la Constitución Política, inciso 1, que establece lo concerniente a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en el artículo 2 de la Carta Magna.
En esa línea, se dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA) continúe asumiendo el Comando Unificado de las FF.AA. y PNP en dicha región, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N.º 1136, Decreto Legislativo del CCCFFAA; así como en el Decreto Supremo N.º 004-2013-DE, que precisa los alcances de Comando en los casos en que las FF.AA. asumen el control del orden interno.
El dispositivo precisa además que el accionar de las fuerzas del orden durante la prórroga del estado de emergencia contempla la protección de los activos críticos nacionales, con intervención y apoyo de la Policía Nacional del Perú, según corresponda; y la protección a instituciones públicas, privadas e instalaciones estratégicas vinculadas con la explotación o transporte de recursos naturales y vías que determine la PNP.
El decreto supremo lleva la firma de la presidenta de la república, Dina Boluarte; con el refrendo del presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola; y los ministros del Interior, Vicente Romero; de Defensa, Jorge Chávez Cresta; y de Justicia y Derechos Humanos, Daniel Maurate.
(FIN) MRCA/RMCH
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?? El Poder Ejecutivo autorizó el viaje, en comisión de servicios, del jefe del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola, a España y Francia, con la finalidad de cumplir una importante agenda de trabajo. https://t.co/pNSXccv6q0 pic.twitter.com/qDfaTTeQFO
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) June 3, 2023
Publicado: 4/6/2023