Nueva norma prohíbe uso de armas de cañón largo como defensa personal

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Huaral Pe

Las armas de fuego de cañón largo están prohibidas para el uso personal en el Perú y solo pueden ser autorizadas las armas de cañón corto, informó el titular de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), Jorge Carcovich.

El funcionario refirió que así lo establece el Decreto Supremo 006-2013, emitido el último fin de semana, el cual modifica el reglamento de la Ley que norma la fabricación, comercio, posesión y uso por particulares de las armas y municiones que no son de guerra.

Explicó que el alcance máximo de las armas de cañón largo es de 400 metros, aunque el alcance eficaz es de 50 metros, mientras que las de cañón corto tienen en promedio un alcance de 125 metros y un alcance eficaz de 25 metros.

Entre las armas de cañón largo se encuentran las pistolas de 9 milímetros o los revólveres Smith Wesson calibre 38 de 6 cartuchos.

Señaló que la nueva normativa precisa además que, de ahora en adelante, las personas solo podrán portar hasta 2 armas de fuego autorizadas por dicha institución.

“Y en el caso de que la persona requiera de más, se podrá permitir el uso de hasta cinco armas de fuego de cañón corto, previa evaluación de un comité especial”, anotó.

La modificación de esta norma establece, igualmente, que la licencia para portar armas deberá ser renovada cada año y no cada cinco años como estaba establecido anteriormentearmas

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