JNE, ONPE y Reniec: Se advirtió que no era viable el cambio de reglas en pleno proceso electoral

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Huaral Pe

A través de un pronunciamiento conjunto, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) rechazaron la promulgación de la ley N°31481, la cual permite la inscripción de candidatos para su participación en las elecciones de 2022 de manera extratemporal.

De acuerdo a lo indicado en el comunicado emitido por las instituciones estatales, llevar a cabo las condiciones dadas por la mencionada norma implicaría tener que realizar elecciones internas complementarias, algo que, según puntualizan, estaría fuera del marco legal manejado para los procesos electorales, es decir, no está regulado y por lo tanto, es jurídicamente imposible de ejecutar, debido a que no habría un protocolo dado para comicios extraordinarios.

Asimismo, señalan que dicho accionar extranormativo también sería inviable en el sentido material, dado que las elecciones tienen un cronograma previamente acordado y anunciado. En este sentido, los comicios internos tuvieron lugar el 15 y 22 de mayo, tal como se había previsto, por lo que ahora, luego de varios días los organismos competentes ya están a poco finalizar el procesamiento de los votos emitidos, a fin de poder publicar los resultados y proseguir con lo establecido.

En otras palabras, implicaría ralentizar y distorsionar un proceso ya en marcha, que traería consigo consecuencias jurídicas, entre las que se cuentan la vulneración de varios principios preestablecidos antes de las elecciones: intangibilidad (no cambiar las normas durante un proceso electoral), preclusión (respeto a las etapas acordadas), el de retroactividad de las leyes y por sobre todo, la seguridad jurídica de los comicios en cuestión.

En lo que respecta la integridad del proceso, el JNE, como la ONPE y el Reniec argumentan que no respetar los resultados de las votaciones internas implicaría violar los derechos de aquellos candidatos si cumplieron con la inscripción dentro de las fechas inicialmente acordadas, particularmente, se vería vulnerado el derecho a la igualdad en la participación política.

Dadas las circunstancias, las autoridades competentes determinaron que no sería posible habilitar una fecha para una hipotética elección complementaria, dado que, al ya haberse realizado unos comicios internos, no se cumpliría con el supuesto establecido por la propia ley N°31481, en la que se señala que dicho proceso extraordinario solo podría en caso fue imposible realizar elecciones internas. Es decir, no aplica para la situación que se presenta actualmente.

Los organismos estatales cierran su comunicado manifestando que con anterioridad ya se había señalado de las vicisitudes que traería el cambio de las reglas electorales durante el proceso, por lo que pidieron al Congreso de la República tomar en cuenta los principios vulnerados, como el intangibilidad, a fin de que puedan observar las consecuencias y contradicciones de la controversial ley.

Huaral Pe