Independientes deberán afiliarse a sistema de pensiones a partir de agosto

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Huaral Pe

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso el reglamento de la Ley 29903, que establece, entre otras disposiciones, las condiciones para que los trabajadores independientes se afilien al Sistema Privado de Pensiones.

La norma señala que partir del 1 de agosto de este año, todos los trabajadores independientes, es decir quienes tienen ingresos de cuarta categoría y emiten recibos por honorarios, o se encuentran bajo el régimen de cuarta-quinta categoría, y que tengan menos de 40 años de edad, deberán afiliarse a un sistema de pensiones.

En el reglamento, el MEF dispone una tasa de aporte gradual para quienes perciben ingresos mensuales de hasta 1.5 de la Remuneración Mínima Vital (RMV), con el objetivo de reducir el impacto sobre sus ingresos. Cabe anotar que este aporte no debe ser menor a 1 RMV (S/. 750).

Los aportes se realizarán de manera gradual, hasta diciembre de 2014 será del 5%, durante el 2015 será del 8% y a partir del 2016 será del 10%.

También se determinó que si el trabajador emite recibos por honorarios a personas jurídicas, o sea empresas, el aporte por el sistema de pensiones se aplicará en cada recibo emitido, además del 10% del impuesto a la renta que ya aplica.

El MEF consideró en la norma que el trabajador independiente puede relacionarse con más de una empresa durante un mes, con ingresos distintos, en ese caso cada una de las empresas actuará como agente retenedor según corresponda al monto de pago que efectúe.

Si al finalizar un mes el monto total de ingresos obtenidos por el trabajador (sumando todos sus recibos del período) supera las 1.5 RMV (S/. 1,125), entonces, ya no le corresponde aplicar la tasa de aporte gradual sino la tasa de 10%, por lo que este trabajador deberá regularizar esa situación y efectuar el pago de la diferencia a la AFP.

Por otro lado, si el trabajador independiente emite recibos a personas naturales, por ejemplo, médicos o abogados, deberán efectuar ellos mismos la retención de su aporte a la AFP, el porcentaje por pago de comisión y prima de seguro. Declarando y pagando luego esta retención ante la entidad recaudadoraIndependientes deberán afiliarse a sistema de pensiones

Huaral Pe