El Fondo del Agua nació con un claro enfoque de derechos en el que ha ido profundizando desde su nacimiento en 2009. Por ello, los programas de agua y saneamiento impulsados por el FCAS van mucho más allá de la provisión de infraestructuras. Un ejemplo fue el Proyecto de alcantarillado faltante en el Barrio Nelson Mandela, de Cartagena de Indias. Este barrio, con un 80% de familias desplazadas por el conflicto armado, era un asentamiento urbano en el que se conjugaban la pobreza y la contaminación ambiental. El programa proponía la construcción de una red de alcantarillado, pero con dos prioridades: 1) identificar aquellas personas que necesitarían ayuda específica (subsidios) para conectarse a la red: madres solas, familias con un miembro con discapacidad, personas mayores… 2) asegurar que ninguna persona quedara fuera del servicio, algo que no siempre es fácil cuando existen asentamientos informales. Para ello, el programa se apoyó en las llamadas veedurías, asociaciones formadas mayormente por mujeres, que jugaron un papel clave. Ellas conocían a las personas, su realidad, sus dificultades… y asumieron su rol como actores de responsabilidades visitando a las personas más frágiles y ayudándoles en el proceso de conectarse a la nueva red. Al mismo tiempo, aumentó la buena relación de las veedurías con la municipalidad, encargada de la coordinación entre los diferentes actores.
Estos son algunos de los retos a abordar desde un enfoque de derechos. Para ayudar a asegurar este enfoque en todos los programas, y en el trabajo de las propias contrapartes, el Fondo publicó en 2017 una Lista de comprobación para el cumplimiento de los derechos humanos en los programas de Agua y Saneamiento y un informe sobre la Exigibilidad de los derechos humanos al agua y al saneamiento.
Ahora, el Fondo comparte algunas de las experiencias y aprendizajes de los últimos años, así como ejemplos de buenas prácticas relacionados con el acceso a los derechos humanos al agua y al saneamiento. Derechos que son esenciales no sólo para la salud y la higiene sino también para garantizar la dignidad humana y para controlar la contaminación ambiental, y que se configuran, por lo tanto, como las claves para conseguir los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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Una reciente historia
El documento hace un repaso por la historia y el presente para explicar en qué consiste y qué implicaciones tiene el reconocimiento de los derechos al agua y al saneamiento como derechos humanos. Una noción que no se explicitó como tal hasta 1977 y que fue oficialmente reconocida por la Asamblea de Naciones Unidas en 2010.
Desde el año 2013, los gobiernos de España y Alemania han presentado sucesivas resoluciones sobre la materia, tanto en la Asamblea General de Naciones Unidas como en el Consejo de Derechos Humanos, lo que ha permitido ir dando forma al contenido de estos derechos, reforzando su reconocimiento y aportando luz sobre sus modos de implementación. Del mismo modo, cabe mencionar el apoyo de ambos ejecutivos a la creación y el sostenimiento del mandato del Relator Especial de Naciones Unidas para los DHAS.
En 2015, además, el saneamiento –que hasta entonces se había considerado un elemento implícito dentro del derecho humano al agua-, fue reconocido como un derecho independiente. Con esta decisión, el saneamiento y la higiene se sitúan al mismo nivel que el agua, lo que permite dar más visibilidad a sus especificidades propias, que requieren de aproximaciones y medidas distintas y que, hasta entonces, permanecían en un segundo plano generando una importante brecha en su realización como derechos en un momento en el que cerca de 3.600 millones de personas en el mundo carecen de acceso seguro al mismo, según datos de ONU-WATER (JMP 2021)
Criterios
Para que estos derechos sean efectivos, no basta con la existencia de agua disponible o de cualquier tipo de saneamiento. Han de cumplir con determinados criterios, relativos a su accesibilidad (cercanía a los hogares), disponibilidad (constante y suficiente), asequibilidad (coste ajustado a las posibilidades de cada población, sin poner en peligro el acceso a otros derechos y bienes esenciales), calidad y aceptabilidad (los servicios prestados han de ser compatibles con las cuestiones culturales de la sociedad en la que se instalan, teniendo en cuenta las necesidades relativas al género, a los ciclos vitales y a la dignidad e intimidad).
Además, para garantizar su realización plena, es necesario que estén atravesados por determinados principios transversales: universalidad, no discriminación, participación, sostenibilidad y acceso a la información o la rendición de cuentas.
Recursos
Para todo ello son necesarios recursos y la cooperación al desarrollo se configura como clave en un sector en el que, según UN-Water, será preciso incrementar cuatro veces el ritmo actual de inversión para lograr las metas de la Agenda 2030 relacionadas con el agua limpia y el saneamiento, una cifra que podría aumentar si se tiene en cuenta que la brecha financiera se agrava por los efectos de la crisis sanitaria, humana y económica sin precedentes que supone el COVID-19.
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