Ejecutivo oficializa inmovilización social en Lima, Callao y otras 22 provincias con riesgo sanitario extremo del 1 al 14 de marzo

0
915
Huaral Pe

El Gobierno de transición y emergencia oficializó la inmovilización social desde las 21.00 hasta las 04.00 horas en Lima, Callao y en otras 22 provincias con nivel de riesgo sanitario extremo, del 1 al 14 de marzo. La finalidad es mantener la desaceleración del ritmo de contagios y fallecimientos por el coronavirus. Asimismo, se dictó una serie de medidas como la apertura de restaurantes y playas, entre otras. 

Según el Decreto Supremo N° 036-2021-PCM, publicado hoy en El Peruano, un total de 24 provincias de 13 departamentos del país se ubican en el nivel de riesgo sanitario extremo, de acuerdo con la evaluación de los recientes indicadores epidemiológicos.

 Las provincias en riesgo extremo son: Huaraz (Áncash); Huánuco (Huánuco); Canchis (Cusco); Satipo, Chanchamayo, Tarma, Huancayo y Chupaca (Junín); Huamanga (Ayacucho); Ica y Chincha (Ica); Huancavelica y Tayacaja (Huancavelica); Lima Metropolitana y Callao, Huaura, Barranca, Huaral y Huarochirí (Lima); Ilo (Moquegua); Puno (Puno); Maynas (Loreto); Oxapampa (Pasco) y Tacna (Tacna). 

En estas jurisdicciones se establece la inmovilización social obligatoria (toque de queda) de lunes a sábados, desde las 21.00 hasta las 4.00 hrs. del día siguiente. Los días domingo 7 y 14 de marzo, la inmovilización será de estricto cumplimiento durante las 24 horas.

El decreto supremo señala que 119 provincias se encuentran con riesgo sanitario muy alto, 53 provincias con nivel de riesgo alto y que no hay ninguna provincia con riesgo sanitario moderado. Para las provincias con nivel de riesgo extremo se dispone que los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados realicen sus actividades con un 20% de su aforo. Las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias lo harán con 40% de aforo. 

Asimismo, para los restaurantes y afines con zonas internas ventiladas y al aire libre, hasta 30% de aforo. De igual forma, las peluquerías, spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y otros afines, hasta 40% (previa cita).

El transporte interprovincial terrestre de pasajeros tendrá aforo de 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. La norma dispone el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en los departamentos y provincias que se encuentran en los niveles de alerta moderado y alto, pero respetando las normas sanitarias emitidas por la Autoridad Sanitaria Nacional, sin generar aglomeraciones, concentraciones, ni poner en riesgo la salud de las personas. 

También se mantiene la suspensión desde el 1 hasta el 14 de marzo de 2021, del ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de Europa, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares. Por otro lado, el dispositivo legal amplía hasta el 31 de marzo el estado de emergencia nacional. Durante dicho periodo queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.

La norma también establece que personal de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de estas disposiciones.

Huaral Pe