Echaíz sobre investigación contra Castillo: Puede determinar infracción constitucional o incapacidad moral

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Huaral Pe

La congresista de Alianza para el Progreso Gladys Echaíz aseguró que la investigación preliminar que inició el fiscal de la nación contra el presidente Pedro Castillo podría determinar si es que el mandatario infringió la Constitución o si incurrió en incapacidad moral permanente.

En declaraciones a la prensa en exteriores del Parlamento, Echaíz indicó que el Parlamento tomaría conclusiones de la investigación fiscal a fin de determinar si procede una denuncia constitucional o una moción de vacancia por causal de incapacidad moral permanente.

La extitular del Ministerio Público hizo dicha precisión a raíz de que ninguno de los presuntos delitos por los que se indaga a Castillo Terrones (organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada) está contemplado en el artículo 117 de la carta magna, referente a los escenarios en los que el jefe de Estado puede ser acusado ante el pleno.

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“Si hay una investigación preliminar en la cual se llega a copiar datos o evidencias que permitan hacer una denuncia constitucional —ya que el presidente tiene prerrogativa procesal de antejuicio— la estaría enviando al Congreso, que abriría la investigación y complementaría. Si bien (el Poder Legislativo) no puede acusar (al presidente), se puede extraer de ahí si existe una infracción constitucional para los efectos de hacer el juicio político o para los efectos del artículo 113 que habla de la incapacidad moral permanente”, dijo.

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Gladys Echaíz aseveró que el fiscal de la nación “es una persona que siempre actúa con serenidad y cautela” cuando se abren pesquisas contra altos funcionarios “a los que hay que darle un poco de seguridad y tranquilidad para que puedan gobernar”.

“Pero cuando la evidencia es suficiente no se puede tampoco cerrar los ojos”, agregó la parlamentaria.

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“A mí me parece que está muy bien que lo haya hecho (que el Ministerio Público investigue a Pedro Castillo) porque las normas se interpretan cada una en su momento y en su lugar y según los casos que se presenten. La ley le permite al fiscal de la nación hacer investigaciones preliminares a todos los aforados sin excepción y la Constitución dice que el presidente no se le puede acusar”, apuntó la apepista.

Huaral Pe