Cuatro años de cárcel para quien se niegue a pasar dosaje etílico

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Así lo informó el Ministerio Público, que explicó que el Código Penal contempla esa figura agravada dentro del delito de desobediencia o resistencia a la autoridad
Huaral Pe
Así lo informó el Ministerio Público, que explicó que el Código Penal contempla esa figura agravada dentro del delito de desobediencia o resistencia a la autoridad

El Ministerio Público informó este domingo que los conductores que ocasionen accidentes de tránsito y se nieguen a pasar el dosaje etílico podrían ser pasibles de una sanción entre seis meses y cuatro años de prisión por el delito de resistencia a la autoridad.

El fiscal provincial penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal del Callao, Carlos Alberto Anglas Lostaunau, explicó que el Código Penal contempla esa figura agravada dentro del delito de desobediencia o resistencia a la autoridad.

“El Código Penal precisa figuras agravadas para los delitos de desobediencia a la autoridad y uno de ellos es la negativa a someterse a exámenes de sangre y otros fluidos con la finalidad de establecer la ingesta de alcohol”, precisó en diálogo con la agencia Andina.

AMENAZA A LA AUTORIDAD
De otro lado, detalló que en el caso de los delitos de amenaza a la autoridad los agravantes precisan penas más drásticas, como cuando el hecho es cometido por dos o más personas, o cuando el autor es funcionario público. En estos casos la pena es de ocho años de prisión.

Pero más grave aún es cuando el delito de amenaza a la autoridad se comete a mano armada, contra un magistrado del Poder Judicial o Ministerio Público, cuando se causa una lesión grave, cuando se impide la erradicación de cultivos ilegales o la investigación de delitos graves. En todos estos casos la pena puede ser de hasta doce años de cárcel.

Huaral Pe