Aprueban procedimiento operativo para retiro de los fondos de AFP

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Huaral Pe

La SBS emitió la resolución Nº 01767-2022 que permite el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT de los fondos AFP.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió la resolución Nº 01767-2022, publicada en el diario oficial El Peruano, la cual permite el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT de los fondos AFP.

De acuerdo a la Ley Nº 31478, firmada el viernes 20 de mayo por el presidente Pedro Castillo, se autoriza “de manera extraordinaria” a todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP), a retirar “de manera facultativa” hasta cuatro UIT del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

También se determinaba que los afiliados pueden presentar su solicitud de retiro, por única vez, dentro de los noventa días calendario luego de la vigencia del reglamento de la mencionada norma.

Con la resolución emitida este martes 31 de mayo, se añade como única disposición complementaria final que la SBS “determina el procedimiento operativo, en un plazo que no excederá de quince días calendario de publicada la citada Ley, bajo responsabilidad de su titular”.

En el texto publicado también se estipula que se cuenta con “el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera y de Asesoría Jurídica”.

Huaral Pe