A partir del 5 julio Autoridades que van a reelección están impedidos de inaugurar e inspeccionar obras

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Finalmente, el JNE recuerda que la Ley Orgánica de Elecciones establece sanciones en caso de incumplimientos a la legislación electoral, y que en caso de reincidencia en la falta, la lista del candidato será retirada del proceso.
Huaral Pe
Finalmente, el JNE recuerda que la Ley Orgánica de Elecciones establece sanciones en caso de incumplimientos a la legislación electoral, y que en caso de reincidencia en la falta, la lista del candidato será retirada del proceso.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que a partir del 5 de julio, los alcaldes y regidores que postulan a la reelección no podrán inaugurar ni inspeccionar obras públicas, repartir bienes adquiridos con dinero de la municipalidad o como producto de donaciones.

Refirió que también están impedidos de estas actividades los funcionarios que aspiran a postular a los cargos municipales en los comicios de octubre de este año.
A través de una nota de prensa, el máximo organismo electoral recuerda que tal disposición está señalada en la sexta disposición complementaria de la Ley de Elecciones Municipales, la cual se aplica 90 días anteriores al acto de sufragio (5 de julio).

Anotó que las autoridades municipales podrán hacer proselitismo cuando no comprometan actos del Gobierno Municipal ni se utilicen medios de propiedad pública.

Para tal efecto, agregó, deberán abonar los gastos inherentes al emplazamiento y alojamiento, los cuales deberán ser informados documentadamente al JNE o JEE.
En caso se trate de repartición de bienes, estos deberán ser adquiridos con recursos propios del candidato o donados a éste en su condición de postulante.
Asimismo, señala que de acuerdo a esta norma, las autoridades municipales con intención de reelegirse no podrán referirse directa o indirectamente a otros candidatos o movimientos políticos en disertaciones o presentaciones públicas.
Finalmente, el JNE recuerda que la Ley Orgánica de Elecciones establece sanciones en caso de incumplimientos a la legislación electoral, y que en caso de reincidencia en la falta, la lista del candidato será retirada del proceso.
Huaral Pe

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