Ministerio de Relaciones Exteriores aprueba reglamento consular del Perú

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Huaral Pe

12:52 | Lima, dic. 2.

El Ministerio de Relaciones Exteriores aprobó el reglamento consular del Perú, el mismo que modifica el reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República en lo que corresponde a los cargos de los funcionarios consulares.

El reglamento consular del Perú consta de 16 capítulos, 170 artículos, una disposición complementaria final y dos disposiciones complementarias transitorias.

Agrega que dicho informe se elabora cada cinco años y se impulsa ante el Viceministro de Relaciones Exteriores, salvo necesidad de actualización en un plazo menor.

De igual modo, en su disposición complementaria final, precisa que este reglamento entra en vigor a los 30 días calendario contados desde su publicación, con la excepción del segundo y tercer párrafo del artículo 120 del citado reglamento que entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación .

En la parte considerativa, señala que el reglamento consular del Perú señala que la función consular constituye un servicio de naturaleza pública que presta el Estado peruano a sus nacionales y a los extranjeros en el exterior, particularmente en lo referido a las competencias de la administración pública que deben realizarse fuera del territorio nacional.

Por ello, refiere que este reglamento debe estar en concordancia con la legislación nacional vigente y con los desarrollos normativos y tecnológicos para garantizar una función consular eficiente y moderna, concebida como un servicio de naturaleza pública que presta el Estado peruano a los usuarios de servicios consulares.

«Que, en ese contexto, resulta necesario aprobar el nuevo reglamento consular del Perú que permita establecer las disposiciones que regulan las funciones consulares aplicables a los órganos y unidades de organización que dirigen, planifican, desarrollan y ejecutan la función consular«, agrega.

(FIN) JCC

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Publicado: 2/12/2023

Huaral Pe