Diez mil ciudadanos piden despenalizar las relaciones sexuales entre adolescentes

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Huaral Pe
Demanda. Recurso fue presentado por Ana Suárez ante el TC, con el respaldo de 10 mil 609 firmas. Argumenta que penalización limita acceso a la salud de embarazadas.

Joyce Guzmán.

Arequipa.

Un grupo de jóvenes, representados por la abogada Yolanda Tito, sustentó ayer ante el Tribunal Constitucional un pedido para declarar inconstitucional el Artículo 173, Inciso 3, de la Ley 28704. Esta norma fue aprobada en abril de 2006 y modifica los artículos del Código Penal relativos a los delitos contra la libertad sexual. El inciso cuestionado penaliza las relaciones sexuales con adolescentes entre 14 y 18 años

Los promotores de esta demanda constitucional no tienen nada que ver con la iniciativa legislativa aprobada hace poco en la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República, que propone despenalizar las relaciones sexuales consentidas con y entre menores cuyas edades oscilan entre 14 y 18 años. 

El recurso ante el TC fue presentado por Ana Suárez, con el respaldo de 10 mil 609 firmas, y solo busca derogar un inciso del polémico Artículo 173. En cambio el proyecto de ley de la parlamentaria Karla Schaefer pretende modificar cuatro artículos de la Ley 28704. No obstante Suárez dijo que respalda la propuesta de la congresista Schaefer.

«Con esta ley se están vulnerando los derechos de los menores, sobre todo para que puedan acceder a los servicios de salud o a tener información»precisó Ana Suárez. Las adolescentes embarazadas se resisten a acudir a centros de salud por temor a que encarcelen a sus parejas, por delito de violación.

Según la abogada Yolanda Tito, lo que buscan es que no se sancione a la pareja de enamorados adolescentes. En su argumento precisó que hay muchos casos de parejas de menores, donde el mayor de ellos fue procesado por violación, cuando en realidad las relaciones sexuales fueron consentidas. «Que no se piense que esta demanda está dirigida a impulsar el libertinaje. Estamos buscando proteger los derechos de los adolescentes, ellos pueden opinar y muchas veces el Congreso los trata como objetos» dijo la abogada.

Durante la sustentación se citó el caso de dos adolescentes de 14 y 17 años, en Ucayali, donde el varón fue denunciado por violación, solo porque una vecina los vio caminando. Al realizarle el examen médico a la mujer, éste salió positivo por supuesta violación. Ella lo negó, pero nadie le creyó que el joven era su pareja desde dos años atrás.

CON LA REALIDAD

Por su parte, Ana Suárez argumentó que a pesar de que muchos se oponen a las relaciones sexuales entre menores, la realidad es otra. «Lo que buscamos es que los adolescentes puedan acceder a todos los servicios de salud, sin temor a que su pareja sea detenida o acusada por violación, sin que las amenacen y para que puedan decir el nombre del padre de su hijo».

Explicó que esta ley ha sido modificada en más de siete ocasiones, siempre para aumentar la sanción. «Su último cambio fue en el 2006, quizá quieren proteger a los menores, pero no pensaron que muchos ya tienen relaciones sexuales».

Según la encuesta Global de Salud Escolar del Ministerio de Salud, el 19.7% de menores entre  13 y 15 años, ya inició su vida sexual. Esta investigación fue realizada con menores de entre 13 y 15 años en 50 colegios públicos.

 

Hay confusión en la demanda

La audiencia de sustentación y la réplica del procurador del Congreso, duró cerca de 45 minutos. El representante del Parlamento dijo que en la demanda presentada por este grupo de ciudadanos hay confusión en la interpretación. «La Corte Suprema considera que con este artículo de la Ley 28704, se protege a los menores de las relaciones sexuales con violencia» precisó el procurador.

Para el procurador del Congreso de la República, con este artículo del Código Penal no se está vulnerando ninguno de los derechos de los adolescentes. Señaló que al contrario, de ser declarado inconstitucional este artículo del Código Penal, se estaría afectando el derecho a la sexualidad.

Los miembros del Tribunal Constitucional tienen 15 días hábiles para emitir una resolución, sobre la admisión o no la demanda presentada por las 10 mil 609 personas. El TC sesionó ayer en Arequipa.

Huaral Pe