Argumentos de Comisión de Justicia para remover a integrantes de JNJ «no tienen sentido»

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Huaral Pe

09:38 | Lima, oct. 21.

El constitucionalista Heber Joel Campos afirmó que los argumentos esgrimidos en el informe final de la Comisión de Justicia, que sustentan la remoción de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), «no tienen sentido» y son fácilmente cuestionables.

En declaraciones a la Agencia Andina, recordó que el informe aprobado por los congresistas del referido grupo de trabajo «no es consistente» y tiene muchos problemas que son los advertidos cuando se presentó la moción.

«La conclusión es que se configuraría causal grave por tres motivos: por la supuesta injerencia en la decisión que el Congreso iba a tomar en el caso de Zoraida Ávalos, el tema del límite de edad de Inés Tello y por el tema de no emitir a tiempo el informe de gestión al Congreso. Me parece que los tres argumentos no tienen mucho sentido, son fácilmente criticables y cuestionables«, aseguró.

Respecto al primer punto, refirió que esta supuesta injerencia no resiste el menor análisis, porque la JNJ emitió un pronunciamiento donde llama a la mesura a otra entidad, en este caso el Congreso, por lo que, bajo el mismo argumento «también se sometería a una acción de control al Jurado Nacional de Elecciones que también emitió un comunicado sobre el accionar del Parlamento«. 

En el caso de la remisión del informe de la JNJ, explicó que se trata de «un tema administrativo menor«, pues para que se haga dicha presentación debe haber una invitación y una convocatoria a pleno para recibir dicha exposición, «lo que no ha sucedido«.

Mientras que el caso del límite de edad, explicó que allí habría un espacio para la discusión jurídica, pues el Congreso interpreta de manera literal el artículo 156 de la Constitución donde se señala que el integrante de la Junta Nacional de Justicia «debe tener entre 45 y 75 años«.

«Pero esa interpretación colisiona con el artículo 155 de la Constitución, donde se precisa que el periodo de funciones del integrante de la JNJ es de cinco años. Entonces, si leo literalmente ese artículo entendería que una vez elegidos deben permanecer todo ese periodo«, aseguró. 

(FIN) JCC

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Publicado: 22/10/2023

Huaral Pe